El certificado de eficiencia energética es un documento de carácter obligatorio que debe presentar el propietario de una vivienda cuando quiere vender o alquilar la misma, donde se recoge el nivel de energía que necesita una vivienda anualmente y por tanto cómo de eficiente es a nivel energético.

Se expresa en términos de emisiones de dióxido de carbono que el inmueble libera directamente en la atmósfera.
La obligatoriedad de este documento a la hora de vender o alquilar una casa, así como el procedimiento para la certificación energética de la misma se recoge en el Real Decreto 390/2021 (que deroga el anterior Real Decreto 235/2013).
¿Qué información contiene el certificado de eficiencia energética?
Se trata de un documento muy completo que entre sus páginas contiene la siguiente información:
- Referencia catastral del inmueble.
- Procedimiento elegido para obtener la calificación energética: General, simplificada o a través de un programa informático.
- Atributos que definen objetivamente las características térmicas de la vivienda: orientación, situación, envolvente (valoracion de las fachadas, forjado y/o cubiertas que rodean a la vivienda), sistemas de producción de energía (por ejemplo una caldera), …
- Identificación de la normativa acerca de ahorro y eficiencia energética que le era aplicable cuando el edificio se construyó, si es que esta existiera.
- Calificación de la eficiencia energética del edificio, la cual deberá ser expresada a través de la etiqueta energética la cual va en una escala de la A (la más eficiente ) a la G (la menos eficiente)
- Recomendaciones de mejora y su repercusión energética por lo que irán clasificadas de acuerdo a su viabilidad técnica, funcional y económica. En Inmperson tenemos un equipo de house flipping que también se encarga de llegar a cabo las mejoras que se puedan requerir.
- Fecha de visita del inmueble por parte del técnico así como la descripción de las pruebas y comprobaciones llevadas a cabo por el técnico en la vivienda.
Una vez creado el informe, se presentará ante el organismo competente de la ciudad autónoma que corresponde. Normalmente es el técnico que ha realizado el estudio quien lleva a cabo esta gestión.
En algunas comunidades autónomas como Valencia y Cataluña hay que pagar unas tasas administrativas al momento de registrar el certificado, sin embargo en la Comunidad de Madrid no existen tasas relacionadas con este trámite.
Vigencia del certificado energético
Un certificado energético tiene una validez de 10 años para calificaciones de la A a la F, y de cinco años para calificaciones de tipo G. Si lo tienes y no ha caducado, no hace falta renovarlo para vender, salvo que hayas llevado a cabo una gran reforma.
Calificación energética más común: La E
Las viviendas y locales consumen el 30,4% de la energía total de España. De todo el parque de viviendas (25 millones aprox.) un 58% se han construido sin ningún criterio de eficiencia energética.
Esto hace que la calificación más habitual que presentan las viviendas españolas es la E por lo que las posibilidades de mejora a nivel energética de las viviendas españolas es más que evidente.
¿Puedo vender o alquilar un piso sin certificado de eficiencia energética?
La respuesta es clara: NO. Desde el año 2013, para vender o alquilar un inmueble es obligatorio tener el certificado de eficiencia energética, de lo contrario el notario paralizará la transacción y puede acarrear una sanción.
El propietario deberá entregar una copia del certificado al posible inquilino, en el caso de alquiler, o entregar el certificado original al comprador. Existen diversas multas derivadas de vender o alquilar un inmueble sin el certificado de energía correctamente emitido.

Pero no solo eso, cuando se anuncia o promociona el inmueble debe informarse de la calificación energética del inmueble pues de lo contrario también puedes ser sancionada con una multa que puede estar entre 300 euros y 600 euros por cometer una infracción de carácter leve según la normativa.
En el caso de presentar un certificado falso, la sanción es de carácter grave y supone una multa de 6000 euros.
¿Qué tipo de inmuebles no necesitan certificado energético en el momento de la venta?
Existen circunstancias particulares en la que se exime al propietario de presentar el certificado de eficiencia energética, siendo estas las siguientes:
- Edificios y monumentos protegidos oficialmente.
- Edificios o su parte con fines de culto y /o actividades religiosas.
- Construcciones provisionales.
- Edificios o parte de los mismos de carácter industrial, de la defensa y agrícola.
- Edificios o partes de edificios aislados con superficie útil total menor a 50 m2. Aquí lo importante es la palabra aislado, es decir que un piso de 50m2 si está obligado pero una caseta en el jardín no.
- Edificios sujetos a grandes reformas o demolición.
- En el caso del alquiler, si éste es por un máximo de 4 meses al año.
Como ves, no debes dejar para el último momento la consecución del certificado energético, de hecho te resulta útil para negociar con tus posibles inquilinos o compradores y poner en valor las mejoras que hayas llevado en tu vivienda y que destacan sobre otras de la zona.
En Inmperson somos expertos inmobiliarios en la venta y alquiler de viviendas en Madrid y Segovia. Contamos además con un equipo de profesionales que te pueden ayudar a llevar a cabo las mejoras energéticas que necesites así como técnicos que elaboran este certificado de carácter obligatorio.
Si no quieres tener problemas, llámanos y nos encargamos de todo.
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